FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL # 03


DEBERES Y DERECHO DE LOS TRABAJADORES EN COLOMBIA 


GUÍA DE APRENDIZAJE # 03

Organización del trabajo remoto, flexible y autónomo con los estudiantes de la especialidad comercial grado undécimo

Periodo
Tercero
Área
Especialidad  comercial
Tiempo de desarrollo
Semanas 21 y 22  (del 13 al 24 de julio).

Los estudiantes entregan trabajos o evidencias de evaluación hasta el viernes 24 de julio. 5: pm

Grado
Undécimo  
Docente
Yolanda Amparo Porras Rojo
Asignatura
CONTABILIDAD
Tema
FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL

Subtemas

    1. El trabajo y el derecho laboral.

    2. Derechos y deberes de los trabajadores.

    3. Las normas que regulan la relación laboral.
Objetivo
Prepara al estudiante para afrontar responsable y hábilmente la cultura comercial de nuestros días desde una educación media técnica en general  que le permita la integración de lo intelectual, lo afectivo y lo valorativo en un contexto en permanente cambio.
Indicadores de desempeño
Resuelve  situaciones conflictivas jurídicas laborales procurando la conciliación entre las partes.
Reconoce  la legislación laboral aplicable en manejo de personal.

Identifica los principios específicos que se deben seguir para la aplicación de las normas laborales.


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FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL # 03 
Recepción de los trabajos o actividades académicas
Correo electrónico  

WhatsApp (registro fotográfico) estudiantes sin acceso a la virtualidad.

INICIO: Los ambientes virtuales facilitan la comunicación de información textual, auditiva y visual, así como su registro temporal o permanente, de manera sincrónica, o en perfecta correspondencia temporal. Y asincrónica, o sin correspondencia temporal, para a apoyar el aprendizaje a distancia o en línea

DESARROLLO: CONCEPTUALIZACIÓN
El derecho laboral es un conjunto de reglas que se encarga de regular las obligaciones entre trabajadores y patrón, es decir, las partes que intervienen en una relación de trabajo.

1. EL TRABAJO Y EL DERECHO LABORAL:

El trabajo, según el artículo 5 del código sustantivo del trabajo, “es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo”.
El derecho laboral está caracterizado por ser un derecho bilateral que reglamenta la relación de patrono y trabajador así como es un derecho dedicado a la clase obrera que otorga beneficios a los trabajadores y limita las potestades de los patrones así como persigue un mismo fin el de proteger al trabajador y lograr una justicia social por lo que es un derecho unitario, asimismo, es un derecho progresivo ya que evoluciona en conjunto con las necesidades sociales.

Además, en el derecho laboral se puede observar las entidades colectivas de trabajadores o patronos como sindicatos, federaciones o confederaciones (Una federación sindical es la unión entre 20 o más sindicatos, mientras que la confederación consiste en la agrupación entre tres o más federaciones. Estos sindicatos pueden contener al menos 20 trabajadores o a tres patrones diferentes) lo cual buscan proteger los intereses colectivos de cada uno de sus gremios.

2. DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES:

Dentro de los derechos y deberes laborales básicos de los trabajadores podemos distinguir:

Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio.

Derecho a la libre sindicación. Se refiere a la posibilidad de fundar sindicatos, a la libre afiliación, y al derecho de los propios sindicatos a fundar confederaciones y organizaciones sindicales internacionales y el derecho a afiliarse a las mismas. Se trata de un derecho que puede ser limitado para ciertos colectivos (Cuerpos e Institutos Militares).

Derecho a la negociación colectiva, para los representantes de trabajadores y empresarios, y cuya principal manifestación es la conclusión de Convenios Colectivos, normas de primera magnitud en la relación laboral.

Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo en defensa de los intereses colectivos de los trabajadores y empresarios.

Derecho a la huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses.

Derecho de reunión. Es un derecho que se ejercita dentro de la empresa o centro de trabajo y se manifiesta en las Asambleas de trabajadores y en la de los miembros de secciones sindicales.

Derecho de información, consulta y participación en la empresa.

DERECHOS DERIVADOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

Un contrato de trabajo supone unos derechos para el trabajador, que se convierten en obligaciones para el empresario. Los derechos de los trabajadores son:

Derecho a la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo. Este derecho supone la obligación por parte del empresario de proporcionar al trabajador un trabajo de modo real y adecuado.

Derecho a la promoción y formación en el trabajo, esto es, la facultad de acceder a un trabajo más cualificado, mejor remunerado, o de mejores expectativas en función de la experiencia y del mérito profesional, y el derecho a obtener permisos para asistir a cursos de formación y perfeccionamiento.

Derecho a no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.

Derecho a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene en el trabajo. Con ello nos referimos a las políticas de prevención de riesgos laborales, es decir, al conjunto de facultades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de la actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. En caso de riesgo grave e inminente para la vida o su salud, derecho a interrumpir su actividad laboral, pudiendo también interrumpirse, de modo total o parcial, la actividad empresarial por esa causa, en virtud de acuerdo mayoritario de los representantes de los trabajadores, o por acuerdo mayoritario de los delegados de prevención cuando no sea posible reunir con urgencia a aquellos.

Derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, incluida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.

Derecho a la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida. Es el derecho al salario, que deberá abonarse en la fecha y lugar convenidos.

Derecho al ejercicio individual de acciones derivadas de su contrato de trabajo, esto es, derecho a acudir a los tribunales en defensa de sus derechos e intereses.

DEBERES DERIVADOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

Las obligaciones del trabajador se convierten en derechos de su empresario. Los deberes de los trabajadores son:

Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus funciones directivas. Es el deber de obediencia del trabajador que queda sometido al poder disciplinario del empresario en el caso de incumplimientos de aquél y siempre que las órdenes o instrucciones no sean abusivas o ilegítimas.

Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia. La empresa podrá verificar las faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su revisión médica. De lo contrario, perderá sus derechos económicos que estén a cargo del empresario.

Contribuir a la mejora de la productividad. Al igual que el anterior supone, en este caso, una concreción del deber general de realizar la prestación laboral con la diligencia debida.
·                    No desarrollar actividades concurrentes con la empresa. Aunque tratado en la ley de manera específica no es más que una concreción del deber general de buena fe, su finalidad es la evitación de un perjuicio en la persona del empleador.

Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten, tema relacionado con la seguridad y salud en el trabajo, y con las medidas de prevención de riesgos laborales por lo que se refiere a las obligaciones de los trabajadores.

Y en general, los demás deberes que se establezcan en el contrato de trabajo.

3.LAS NORMAS QUE REGULAN LA RELACIÓN LABORAL.

En Colombia, la relación laboral entre la empresa y el trabajador está regulada por el código sustantivo del trabajo y sus normas reglamentarias, [al igual que el código procesal] junto con la doctrina oficial y la jurisprudencia de las altas cortes como es el caso de la corte constitucional y la corte suprema de justicia [sala de casación laboral]. Igualmente hacen parte de la regulación laboral, los convenios internacionales ratificados por el congreso de la república. Las normas laborales, como toda ley, deben ser promulgadas por el congreso de la república, y sobre el respecto, nuestra constitución política en su artículo 53 establece que (seguir hipervínculo)

CIERRE: EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES

De las anteriores temáticas vas a desarrollar las siguientes actividades:

1.El trabajo y el derecho laboral: elaborar mapa conceptual, puedes utilizar un gráfico de SmartArt, o si lo prefieres lo haces en Word o en CmapTools

2.derechos y deberes laborales básicos de los trabajadores: crear una presentación, bien sea multimedial o manual - creativa.

3.Derechos y deberes derivados  de los trabajadores: hacer un paralelo: derechos- deberes

4.Las normas que regulan la relación laboral: Ingresar al Blog de comercio undécimo y en la página FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL # 03  en la sección comentarios, hacer una síntesis y aporte personal teniendo en cuenta además, el artículo 53 de la  Constitución política de Colombia.

ENLACES DE APOYO


tener en cuenta:

Leer muy bien la guía de aprendizaje para poder interpretar los requerimientos de las actividades que deben construir

Encuentro sincrónico JITSI MEET

MARTES 14 DE JULIO 2: PM: (esclarecimiento de la guía de aprendizaje # 03)

MARTES 21 DE JULIO 2: PM: (saberes previos contabilidad)

Para el encuentro sincrónico debe haber leído la guía de aprendizaje para aclarar durar

Criterios de evaluación: la valoración de las notas cuantitativas serán de acuerdo calidad, puntualidad y presentación de los trabajos (2 notas por cada asignatura)

La guía de aprendizaje queda disponible en “OPTIMOS.COM”  más conocido “donde Genio”

Trabajos que sean copia de compañeros no serán valorados cuantitativa ni cualitativamente

Las evidencias de evaluación son individuales

La atención a los estudiantes en el grupo de WhatsApp o telefónica  es de 9: am a 4: pm de lunes a viernes. 



23 comentarios:

  1. Laura María García Gaviria23 de julio de 2020, 4:18 p.m.

    Vemos que gracias a los derecho y deberes de los trabajadores y de los dirigentes, encontramos la posibilidad de tener un trabajo con mayor calidad humana y sensatez a la hora de desempeñar las labores que tenemos dentro de la empresa.
    Gracias a el artículo 53 de la constitución política de Colombia, apreciamos una vida de trabajo mejorada, donde todos los partícipes e integrantes de cualquier empresa y trabajo van a obtener todos los principios mínimos fundamentales y una situación más favorable al trabajar, La Declaración tiene como objetivo principal la promoción de los cuatro principios y derechos fundamentales que, se considera, son las "bases mínimas para que el progreso social acompañe el progreso económico y el desarrollo", haciéndose énfasis en que no solamente se predican de los trabajadores subordinados o dependientes, sino también de trabajadores independientes, y por ello son, a la vez, el cimiento del trabajo decente, este artículo junto a otros permiten el desarrollo y mejora de los Derechos fundamentales, garantías y deberes.


    http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-21472014000100006#:~:text=El%2025%20consagra%20que%20el,en%20condiciones%20dignas%20y%20justas.&text=Y%20el%20art%C3%ADculo%2056%20se,en%20los%20servicios%20p%C3%BAblicos%20esenciales).

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  2. Valentina Duque Orrego26 de julio de 2020, 12:05 p.m.

    Desde que la ley correspondiente tiene en cuenta los principios mínimos fundamentales de los trabajadores, gracias al artículo 53 de la constitución política de colombia, nos han dado una mejor calidad de vida donde todos estamos en igualdad de condiciones para merecere un buen trabajo y una estabilidad en el, dandonos buenas garantías. Estos derechos y deberes nos han hecho participes de la proporción de cantidad y calidad de trabajo, esto nos pone en una situación más favorable para el país económicamente y en su desarrollo.

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  3. PAULA ANDREA BETANCUR MARIN
    El artículo 53 para mi quiere decir que el congreso puede expedir el estatuto del trabajo de la ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores. Este artículo es con el fin de tratar por igualdad de condiciones a todos los trabajadores sin importar el caso de cada persona. Gracias a este articulo muchas empresas pueden trabajar en paz porque sin importar la clase de personas o trabajadores que tengan siempre van a tratar por igualdad de condiciones.

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  4. María Alexandra Mejía Acevedo29 de julio de 2020, 11:35 a.m.

    En un mundo tan generalizado donde la competencia es fuerte,se busca ganar lo máximo posible al menor costo y dada la ambición de algunos se vulneran garantías laborales con el fin de lograr su propósito.

    Es así como el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, consagran el principio de favorabilidad, o de "condición más benéfica"para el trabajador. Este principio corresponde a una norma de interpretación en escenarios de conflicto normativo o jurisprudencial, siendo un criterio orientador para el juez del trabajo y una premisa que debe aplicarse sólo cuando concurren los presupuestos exigidos para su utilización. Es decir, se debe acudir a la orientación más benéfica para el trabajador cuando exista un conflicto de normas vigentes y que regulen idénticas situaciones, o en materia jurisprudencial, cuando exista una duda entre dos o más interpretaciones, o que las mismas sean concurrentes.

    https://www.ambitojuridico.com

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  5. Evidencia la importancia de los derechos y deberes de los trabajadores y conocer esto nos da una gran ventaja en conocimientos.
    Las normas que regulan la relación laboral, ofrecen igualdad de condiciones y junto con el artículo 53 de la Constitución, dónde se tiene en cuenta los principios fundamentales, Proporcionan una mejor calidad de trabajo, estabilidad en el empleo, etc.

    La competencia cada vez es más dura, conseguir trabajo sin un título en educación superior es mucho más complicado cada vez. Por eso conocer nuestros derechos y deberes del mundo al que nos dirigimos, nos brinda una gran ventaja.
    El artículo 53, nos compete a todos como seres humanos, si queremos tener una empresa o si queremos trabajar en una, ya que nos establece unos parámetros claros con respecto a la humanidad aplicada en el trabajo. Cómo por ejemplo como dice textualmente en el artículo "garantiza la seguridad social, el descanso necesario, protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad" y en general podemos defendernos de cualquier abuso en el trabajo.

    https://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-2/articulo-53

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  6. El articulo 53 menciona todos los derechos y deberes los cuales el empleado y el empleador deben cumplir, donde el empleado se beneficia de una u otra manera, de esta misma forma le sucede a su empleador. Podemos notar que en la actualidad existen miles de oportunidades para este, donde el entorno laboral en cada una de las empresas existentes se ha venido formando un ambiente cálido y constructivo; en la cual todas aquellas empresas que han venido aportando al conocimiento de sus empleados han llegado a un nivel mas alto, donde se les atribuye el buen cumplimiento de labores, tomando como base fundamental el planear, hacer, verificar y actuar, y de tal manera mejorar la calidad de lo que sea en que se desempeñe cada empresa.
    Toda esta mejora que se ha venido realizando con los derechos y deberes sea del empleado o el empleador ha sido como una estimulación al buen desempeño de su labor para ambas partes.

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  7. El articulo 53 menciona los principio fundamentales de los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores como los son Igualdad de oportunidades para los trabajadores,calidad de trabajo, estabilidad en el empleo, los beneficios que pueden recibir los empleados, etc. también nos menciona la primicia de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales como la son. garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.los convenios de trabajo hacen parte de la legislación interna. La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.
    Todo esto es para para hacer respetar y cumplir los derechos y deberes de los trabajadores en Colombia estimulando un buen desempeño de su labor en ambas partes y una sana convivencia.

    https://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-2/articulo-53#:

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  8. El artículo 53 nos menciona algo muy importante y es que esta ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos algunos principios fundamentales como lo son: la igualdad de oportunidades para los trabajadores, remuneración mínima vital y móvil, proporcionar la cantidad y calidad de trabajo, estabilidad en el empleo, entre muchos otros.

    La competencia cada vez aumenta, por lo que cada día es más complicado conseguir un trabajo sin título, pero esto nos compete más cada día y nos lleva más a un realidad a la cual tenemos que enfrentar cada dia.

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  9. Toda labor que incluya una acción humana, debe tener normas que regulen la relación laboral que proteja y vele por la protección y sea de aprovechamiento del conocimiento del servidor.
    Es muy importante que tanto el empleado como el empleador conozca hasta que punto es aceptable su mandado y hasta que punto su cumplimiento.Por ello existe la clasificación de los artículos, en este caso el artículo 53 de la constitución política, donde se expone los principios mínimos fundamentales para el trabajador algunos de estos son:
    - Igualdad de oportunidad para los trabajadores.
    -Remuneración mínima vital y móvil.
    -Garantia de seguridad
    -Protección especial a la mujer, entre otros.
    Pero todos estos cuidando la libertad y dignidad de los trabajadores.

    Estas reglas hacen que a la hora de adquirir un trabajo, este sea más justo y digno. Donde tanto empleado como empleador tiene sus derechos y deberes que deben cumplir y hacer respetar.

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  10. Marbel Juliana Mejía Bedoya6 de agosto de 2020, 9:23 a.m.

    Toda labor que incluya una acción humana, debe tener normas que regulen la relación laboral que proteja y vele por la protección y sea de aprovechamiento del conocimiento del servidor.
    Es muy importante que tanto el empleado como el empleador conozca hasta que punto es aceptable su mandado y hasta que punto su cumplimiento.Por ello existe la clasificación de los artículos, en este caso el artículo 53 de la constitución política, donde se expone los principios mínimos fundamentales para el trabajador algunos de estos son:
    - Igualdad de oportunidad para los trabajadores.
    -Remuneración mínima vital y móvil.
    -Garantia de seguridad
    -Protección especial a la mujer, entre otros.
    Pero todos estos cuidando la libertad y dignidad de los trabajadores.

    Estas reglas hacen que a la hora de adquirir un trabajo, este sea más justo y digno. Donde tanto empleado como empleador tiene sus derechos y deberes que deben cumplir y hacer respetar.

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  11. Verónica Rios Pino
    Anexo información acerca del derecho laboral
    Son funciones de la Dirección de Derechos Fundamentales del Trabajo, las cuales se ejercerán en el marco de las normas legales y tratados o convenios internacionales vigentes, las siguientes:

    1. Proponer, dirigir y coordinar las políticas sobre protección de las condiciones del trabajo, salarios y prestaciones, relaciones individuales y colectivas del trabajo, cumplimiento de los derechos fundamentales del trabajo y los que se derivan de su ejercicio, en coordinación con las demás entidades competentes.
    2. Proponer, dirigir y coordinar las políticas en materia de regulación laboral y formas de vinculación laboral.
    3. Asesorar en la definición de políticas, planes y programas para dar cumplimiento a las normas reguladoras de los derechos fundamentales, individuales, colectivos y de seguridad en el trabajo, con particular atención en las poblaciones vulnerables.
    4. Dirigir propuestas que desarrollen los convenios y tratados internacionales en materia de derechos fundamentales del trabajo.
    5. Proponer y ejecutar planes y programas que contribuyan a garantizar el derecho de asociación.
    6. Promover la defensa de los derechos de los trabajadores, con el fin armonizar las relaciones laborales.
    7. Proponer políticas, normas, programas, procedimientos, estudios y acciones, para prevenir y erradicar el trabajo infantil, y en especial sus peores formas.
    8. Proponer normas y procedimientos con enfoque diferencial de género buscando garantizar los derechos de la mujer, la maternidad y procurar el mejoramiento de sus condiciones de trabajo para elevar su calidad de vida.
    9. Proponer normas y procedimientos con el objeto de lograr el mejoramiento de sus condiciones de trabajo y respeto de los derechos fundamentales a los jóvenes trabajadores, personas con discapacidad, poblaciones Indígenas, Rom, comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, adultos mayores, trabajadores sexuales, población LGBTI, y en general todas aquellas comunidades que por su situación o condición puedan verse discriminadas o vulneradas, con énfasis en el sector rural.
    10. Proponer mecanismos para la promoción y aplicación de las normas laborales, utilizando los estándares internacionales de responsabilidad social.
    11. Establecer y desarrollar programas, estudios, estrategias e indicadores que permitan dar aplicación y hacer seguimiento al cumplimiento de los principios que enmarcan el trabajo decente.
    12. Proponer programas, estudios y acciones que permitan coordinar, con las autoridades competentes, la promoción y garantía del respeto de los derechos humanos de los trabajadores y empleadores.
    13. Dirigir y diseñar, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información TIC, Y demás entidades competentes, un sistema de información que permita la identificación, registro y seguimiento de la oferta de servicios y atención de las niñas, niños y adolescentes trabajadores del país.
    14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
    15. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

    Link de información: https://www.mintrabajo.gov.co/relaciones-laborales/derechos-fundamentales-del-trabajo


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  12. Veronica Rios Pino

    Deber Laboral
    Son obligaciones especiales del empleador:



    1. Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulación en contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores.
    2. Procurar a los trabajadores locales apropiados, y elementos adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades profesionales en forma que se garanticen razonablemente la seguridad y la salud.
    3. Prestar inmediatamente los primeros auxilios en casos de accidente o de enfermedad. A este efecto en todo establecimiento, taller o fábrica que ocupe habitualmente más de diez (10) trabajadores, deberá mantenerse lo necesario, según reglamentación de las autoridades sanitarias.
    4. Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos.
    5. Guardar absoluto a la dignidad personal del trabajados, a sus creencias y sentimientos.
    6. Conceder al trabajador las licencias necesarias para el ejercicio del sufragio; para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación; en caso de grave calamidad domestica debidamente comprobada; para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización o para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avise con la debida oportunidad al empleador o a su representante y que, en los dos últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal que perjudique el funcionamiento de la empresa. En el reglamento de trabajo se señalarán las condiciones para las licencias antedichas. Salvo convención en contrario, el tiempo empleado en estas licencias puede descontarse al trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas de su jornada ordinaria, a opción del empleador.
    7. Dar al trabajador que lo solicite, a la expiración del contrato, una certificación en que conste el tiempo de servicio, la índole de la labor y el salario devengado; e igualmente, si el trabajador lo solicita, hacerle practicar examen sanitario y darle certificación sobre el particular, si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo hubiere sido sometido a examen médico. Se considera que el trabajador, por su culpa, elude, dificulta o dilata el examen, cuando transcurridos cinco (5) días a partir de su retiro no se presenta don de el medico respectivo, para la practica del examen, a pesar de haber recibido la orden correspondiente.
    8. Pagar al trabajador los gastos razonables de venida y regreso, si para prestar sus servicios, lo hizo cambiar de residencia, salvo si la terminación del contrato se origina por culpa o voluntad del trabajador. Si el trabajador prefiere radicarse en otro lugar, el empleador le debe costear su traslado hasta la concurrencia de los gastos que demandaría su regreso al lugar en donde residía anteriormente. En los gastos de traslado del trabajador, se entienden comprendidos los de los familiares que con él convivieran; y
    9. Cumplir el reglamento y mantener el orden, la moralidad y el respeto a las leyes”

    Link de información: https://accounter.co/normatividad/conceptos/deberes-laborales-del-trabajador.html

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  13. Johan Stiven Tobón Álvarez6 de agosto de 2020, 10:32 a.m.

    Buenas Tardes
    Johan Stiven Tobón Álvarez
    CONTABILIDAD
    Tema FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
    Desde mi punto de vista, La formación y orientación laboral , ayuda inmensamente a que nosotros los alumnos tengamos confianza tanto en nuestras decisiones formativas como laborales, a través de características de cada perfil profesional, asumiendo conocimientos sobre contratos laborales, nóminas, gestión de prestaciones a personas desempleadas, cotizaciones, salarios, jornada de trabajo, permisos, descansos y vacaciones, así como otras cuestiones con las que saber lidiar para evitar abusos o explotación laboral (El trabajo y el derecho laboral, Derechos y deberes de los trabajadores, Las normas que regulan la relación laboral mediante unas condiciones justas).

    La formación y orientación laboral permite que todos nosotros, en este módulo podamos manejar cualquier tipo de situación en nuestro empleo, para que tanto nosotros como empleados, como los responsables de una empresa acaten las normas laborales sin dar lugar a aprovecharse de ninguna situación (ni que, por el contrario, se aprovechen de nuestra labor).

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  14. Formacion y orientacion laboral
    Contabilidad
    Gina Alejandra Henao Monsalve


    El trabajo, según el artículo 5 del código sustantivo del trabajo, “es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural
    ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre
    que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo”.

    1. Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio.
    2. Derecho a la libre sindicación. Se refiere a la posibilidad de fundar sindicatos, a la
    libre afiliación, y al derecho de los propios sindicatos a fundar confederaciones y
    organizaciones sindicales internacionales y el derecho a afiliarse a las mismas. Se trata
    de un derecho que puede ser limitado para ciertos colectivos (Cuerpos e Institutos
    Militares).
    3. Derecho a la negociación colectiva, para los representantes de trabajadores y
    empresarios, y cuya principal manifestación es la conclusión de Convenios Colectivos,
    normas de primera magnitud en la relación laboral.
    4. Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo en defensa de los
    intereses colectivos de los trabajadores y empresarios.
    Estos son alguno de los derechos que tiene un trabajador.


    1. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus
    funciones directivas. Es el deber de obediencia del trabajador que queda sometido al
    poder disciplinario del empresario en el caso de incumplimientos de aquél y siempre que
    las órdenes o instrucciones no sean abusivas o ilegítimas.
    2. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad
    a las reglas de la buena fe y diligencia. La empresa podrá verificar las faltas al trabajo
    por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su revisión médica. De lo contrario,
    perderá sus derechos económicos que estén a cargo del empresario.
    3. Contribuir a la mejora de la productividad. Al igual que el anterior supone, en este
    caso, una concreción del deber general de realizar la prestación laboral con la diligencia
    debida.
    Estos son algunos de los deberes de los trabajadores.

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  15. Conocer sobre este tema es fundamental porque nosotros ya vamos para una vida laboral, donde todo esto nos compete, por ende debemos conocer nuestros derechos como empleados y también nuestros deberes dentro de una empresa.
    Derecho a la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.
    -Derecho a la promoción y formación en el trabajo.
    -Derecho a no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo.
    -Derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad.
    -Derecho a la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente
    establecida.
    -Derecho al ejercicio individual de acciones derivadas de su contrato de trabajo.


    -Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus
    funciones directivas.
    -Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad
    -a las reglas de la buena fe y diligencia.
    -Contribuir a la mejora de la productividad.
    -No desarrollar actividades concurrentes con la empresa.
    -Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
    -los demás deberes que se establezcan en el contrato de trabajo.

    Resalto estos porque me parecen demasiado fundamentales para iniciar una vida laboral.

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  16. Artículo 53 la clnsconstruc polipolí de Colombia trata sobre la reforma laboral y el reajuste de la pensión, para los colombianos, un trabajo de horario pertinente y un ajuste laboral, tratando así los principios minimmí fundamentales para el trabajador colombiano, también trata sobre el descanso oportuno, la licencia de embarazo y los derechos para el trabajador menor de edad protegiendo los beneficios principalmente de la mujer, igualdad de oportunidad para todos los trabajadores.
    Nos da un apoyo esencial para la no explotación laboral surgiendo deberes y derechos de los trabajadores colomnianos.

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  17. Valentina marquez gaviria artículo 53 los derechos de los trabajadores en el artículo 55 la negociación colectiva, en el artículo 56 y el derecho de huelga en el artículo 57, la participación de los trabajadores en la gestión de empresa.
    Desde una perspectiva productiva y subjetiva al trabajo y el capital. Así el trabajo es el creador esencial de la riqueza y solo puede ser ejercido por una persona humana, y ahí que todas las definiciones tanto económicas como jurídicas expresen quién realiza el trabajo es siempre una persona natural.

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  18. Creo que esto es muy importante, ya que va siendo hora de nosotros entrar al mundo del campo laboral, es muy importante para nosotros saber cuáles son nuestros derechos además de saber nuestros deberes con la empresa. Es muy importante para nosotros saber con anticipación que es con lo que debemos cumplir.

    Cuando un trabajador tiene un contrato de trabajo firmado por la empresa empieza a tener derechos y deberes que lo vinculan a ella. Conocerlos es clave para ambas partes, con el objetivo de evitar posibles malentendidos y problemas derivados de la relación de trabajo.

    Por su naturaleza podemos dividirlos en derechos y deberes básicos, derechos y deberes derivados del contrato de trabajo, permiso de los trabajadores y días de vacaciones. En este artículo nos centraremos en el primer grupo (los básicos), ya que el resto de grupos hace referencia a situaciones concretas que dependerán de los convenios colectivos del sector en el que se encuentren los trabajadores, y los modelos de contrato de trabajo que firmen los empleados.

    Uno de los derechos fundamentales que el Estado reconoce es la igualdad de las personas; el artículo 10 del Código Sustantivo del Trabajo señala que "Todos los trabajadores y trabajadoras son iguales ante la ley, tienen la misma protección y garantías, en consecuencia, queda abolido cualquier tipo de distinción por razón de carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, el género o sexo salvo las excepciones establecidas por la ley".

    ●un trabajo digno.
    ●vacaciones.
    ●permisos por enfermedad o incapacidad médica.
    ●prestaciones sociales.
    ●pensión.
    ●ajustes de sueldo.
    ●contrato laboral.
    ●beneficios para las mujeres embarazadas.

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Gracias por participar...

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