GUÍA DE APRENDIZAJE # 04
Organización del trabajo remoto, flexible y autónomo con los estudiantes de la especialidad comercial grado undécimo
Periodo |
Tercero
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Área |
Especialidad comercial |
Tiempo
de desarrollo |
Semanas: 25 Y 26: del 10 21 de agosto. Los
estudiantes entregan trabajos o evidencias de evaluación hasta el viernes 21
de agosto 5:pm |
Grado |
Undécimo |
Docente |
Yolanda
Amparo Porras Rojo |
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Asignatura
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CONTABILIDAD |
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Tema |
FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL |
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Subtemas
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Objetivo |
Prepara al estudiante para
afrontar responsable y hábilmente la cultura comercial de nuestros días desde
una Educación media técnica en general
que le permita la integración de lo intelectual, lo afectivo y lo
valorativo en un contexto en permanente cambio. |
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Indicadores
de desempeño |
Sabe manejar las fuentes jurídicas para analizar y resolver problemas y cuestiones jurídico-laborales. Reconoce la legislación laboral aplicable en manejo
de personal. |
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Acceso
Blog
|
Enlace estudiantes |
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Página
de acceso al Blog |
APLICACIÓN DE NORMAS LABORALES # 04 |
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Recepción
de los trabajos o actividades académicas |
Correo electrónico WhatsApp (registro fotográfico) estudiantes sin acceso a la virtualidad. |
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ENCUENTRO SINCRÓNICO |
AGOSTO 11: 2:30 PM - 4:PM AGOSTO 19 : 2:30 PM- 4:PM |
PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL - FAVORABILIDAD
INICIO: Los ambientes virtuales facilitan la comunicación de información textual, auditiva y visual, así como su registro temporal o permanente, de manera sincrónica, o en perfecta correspondencia temporal. Y asincrónica, o sin correspondencia temporal, para a apoyar el aprendizaje a distancia o en línea
DESARROLLO: CONCEPTUALIZACIÓN
1.APLICACIÓN DE LAS NORMAS LABORALES SEGÚN EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
El Código Sustantivo de Trabajo nace con la
finalidad de proteger las partes involucradas en un contrato laboral, es decir,
entre el trabajador y el empleador – quien contrata los servicios del empleado.
Ahora bien, el artículo N° 5 del Código Sustantivo de Trabajo describe el trabajo como:
"Toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo."
Así, toda persona que preste un servicio a otra, sea del tipo que fuere como hacer pasteles para una panadería o escribir un poema por encargo, está formando parte del sistema laboral.
No obstante, hay que aclarar que los servidores
públicos están regidos por estatutos especiales tal como lo demuestra el artículo N°4:
"Las relaciones de derecho individual del Trabajo entre la Administración Pública y los trabajadores de ferrocarriles, empresas, obras públicas y demás servidores del Estado, no se rigen por este Código, sino por los estatutos especiales que posteriormente se dicten."
Se menciona esto con el fin de no crear confusión a la hora de establecer los límites del contrato de trabajo y su aplicación a servidores públicos.
Protección del Derecho al Trabajo
Con todo y esto, el trabajo goza de la protección del estado; por lo tanto, los trabajadores y trabajadoras (ya que en el ámbito laboral no hay ningún tipo de distinción o beneficio de acuerdo al género salvo la maternidad) están sujetos a la protección por parte de los servidores públicos, los cuales deben velar por sus derechos de acuerdo con sus atribuciones.
Es decir, que si un empleado, estando en jornada laboral sufre algún percance, el empleador está en la obligación de facilitarle los permisos concernientes para que pueda asistir al médico y en su debido caso acoger la incapacidad que le sea prescrita al empleado sin que ello afecte su contrato laboral.
De lo anterior expuesto, se tiene el artículo N°11 que indica: "Toda persona tiene derecho al trabajo y goza de libertad para escoger profesión u oficio, dentro de las normas prescritas por la Constitución y la Ley." Y al negarle alguna de las anteriores estaría sin duda alguna violando el derecho al trabajo.
Finalmente, cabe aclarar que el código de trabajo se aplica a todo el territorio de la República de Colombia sin distinción de nacionalidad, siendo así que, cualquier extranjero laborando en Colombia está protegido por el Código Sustantivo del Trabajo tal como se ve en el artículo N°2 "El presente Código rige en todo el territorio de la República para todos sus habitantes, sin consideración a su nacionalidad."
2.ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR.
El Ministerio del Trabajo tiene el compromiso de garantizar proteger los derechos laborales internacionales y prevenir la violencia contra los líderes sindicales. Asimismo, generar políticas que garanticen el trabajo digno y decente para la ciudadanía.
El concepto de “Trabajo Decente” es propuesto por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y ha sido acogido por Colombia. Por lo anterior, el Ministerio ha formulado una política pública que cuenta con la asesoría técnica de dicha organización con el fin de abordar temas como la erradicación del empleo Infantil, la libertad sindical, el derecho de asociación y de negociación colectiva, la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación, el diálogo social, y la extensión de la protección y seguridad social. La principal organización especializada en la defensa de los derechos del trabajar es la OTI (Organización Internacional del Trabajo), a continuación te referencio organizaciones Nacionales y territoriales en Colombia comprometidas con la protección de los trabajadores:
La Autoridad Laboral
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Los organismos técnicos de las Comunidades Autónomas
La Inspección de Trabajo
La administración sanitaria
La administración de industria
Órganos de participación institucional
La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
3.EL CONTRATO DE TRABAJO
Un contrato es un convenio que dos o más partes establecen para determinar los derechos y las obligaciones sobre una determinada materia. La idea de trabajo, por su parte, puede aludir a la actividad que se desarrolla a cambio de una remuneración. Un contrato de trabajo, por lo tanto, es un documento que regula la relación laboral entre los empleadores y los trabajadores. Los contratos de trabajo pueden ser individuales o colectivos.
En el caso de un contrato individual: de trabajo, detalla que una persona física (el trabajador) asume el compromiso de realizar ciertas tareas para una persona jurídica o física (el empleador), bajo dependencia y subordinación de ésta. El empleador, a su vez, asume la obligación de pagar por dichas tareas una cierta remuneración.
Un contrato colectivo de trabajo: por su parte, es un convenio que establecen uno o más empleadores con uno o más sindicatos para fijar determinadas condiciones que deben respetarse en las relaciones laborales. Estos contratos pueden abarcar cuestiones como los salarios, la duración de la jornada y las vacaciones.
CIERRE: EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES
Estudiantes con acceso a la virtualidad:
Actividad # 01: abre el siguiente vinculo Código Sustantivo del Trabajo y elabora un mapa conceptual en Word o en el programa de tu preferencia de los 21 artículos de los principios generales.
Actividad # 02: accede al Blog y en la página APLICACIÓN DE NORMAS LABORALES # 04 en comentarios, realiza una síntesis del subtema: ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR.
Actividad
# 03: accede al Blog y en la
página APLICACIÓN DE NORMAS LABORALES # 04, precisa la definición
e historia de la OTI (Organización Internacional del Trabajo)
Recuerda, cuando registres tus comentarios en el Blog, debes especificar a cual tema te estas refiriendo.
Estudiantes sin acceso al Blog
Actividad # 01: abre el siguiente vínculo Código Sustantivo del Trabajo elabora un mapa conceptual de los 21 artículos de los principios generales. Cuaderno de contabilidad
Actividad # 02: realiza una síntesis y un aporte personal del subtema: ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR. Cuaderno de contabilidad
Actividad # 03: precisa la definición de la OTI (Organización Internacional del Trabajo) y del CONTRATO DE TRABAJO. Cuaderno de contabilidad
ENLACES DE APOYO Y WEBGRAFIA
https://www.mintrabajo.gov.co/el-ministerio/asuntos-internacionales/colombia-en-la-oit
https://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_Internacional_del_Trabajo
Buenas Tardes
ResponderBorrarJohan Stiven Tobón Álvarez
ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR.
Este es un organismo especializado, que se ocupa de los asuntos referentes al trabajo y las relaciones laborales, previene la violencia contra los líderes sindicales y así mismo, generan políticas que garanticen un trabajo digno merecedor y decente para la ciudadanía. Aborda temas como la erradicación del empleo Infantil, la libertad sindical, el derecho de asociación y de negociación colectiva, la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación, el diálogo social, y la extensión de la protección y seguridad social.
El concepto “Trabajo Decente”, es propuesto por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y ha sido acogido por Colombia. Este está integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional del Trabajo y su órgano ejecutivo es el Consejo de Administración; a continuación te referencio organizaciones Nacionales y territoriales en Colombia comprometidas con la protección de los trabajadores:
- La Autoridad Laboral
- El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
- Los organismos técnicos de las Comunidades Autónomas
- La Inspección de Trabajo
- La administración sanitaria
- La administración de industria
- Órganos de participación institucional
- La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Tomado de: https://ginebra-onu.mision.gov.co/organizacion-internacional-del trabajo#:~:text=Colombia%20es%20miembro%20de%20la%20OIT%20desde%20el,fue%20ratificado%20el%209%20de%20mayo%20de%202014.
OK. AGOSTO 24
BorrarORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR
ResponderBorrarLa entidad por excelencia en asuntos laborales es el ministerio de trabajo, ya seas empleador o empleado, puedes dirigir no solo tus dudas a esta institución. Allí atenderán tus dudas, inquietudes y problemas laborales, además te brindarán no solo respuestas, si no también asesorías.
Por ejemplo, si fuiste despedido sin justa causa puedes comunicarte con uno de los asesores del ministerio de trabajo y él te hablará de la reclamación directa al empleador, de la conciliación ante el ministerio o hasta los procesos judiciales. Pero si eres un empleador que necesita una autorización de un inspector de trabajo para poder despedir a un empleado que tiene un privilegio de protección de protección reforzada, también podrás despedirlo directamente en el ministerio. (un privilegio sería que la personas este en un puesto que haya ganado un concurso o en carrera administrativa).
Con la nueva tendencia de ampliar la cobertura de las instituciones por medio de internet, ahora se puede realizar las consultas o trámites y asesoría en la página del ministerio http://www.mintrabajo.gov.co/ o telefónicamente: Línea nacional gratuita: 01 8000 513 100
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
Es un organismo especializado de las naciones unidas que se ocupa de las naciones unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales.
Su objetivo principal o fundamental es la protección y promoción de los derechos relacionados con el trabajo; y tiene un área de operación de 187 países.
La OIT está integrado por los representantes de los gobiernos de los sindicatos y los empleadores y su órgano supremo es la conferencia internacional del trabajo.
https://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_Internacional_del_Trabajo
ORGANISMO DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR
ResponderBorrarEsta es una entidad muy importante para todos los trabajadores, ya que es la encargada de proteger los derechos del trabajador y prevenir la violencia contra los lideres sindicales de nuestro país; Asi mismo, generar políticas que garanticen el trabajo digno y decente para todos los colombianos.
este ministerio nos ofrece grandes ayudas como la de brindar asesorias tanto virtuales como físicas, para así ayudarnos a solucionar los problemas que se nos presentan en la vida laboral. Los temas ofrecidos por estas asesorias son: la erradicación del empleo Infantil, la libertad sindical, el derecho
de asociación y de negociación colectiva, la igualdad de oportunidades y de trato en el
empleo y la ocupación, el diálogo social, y la extensión de la protección y seguridad social.
DEFINICIÓN DE LA OIT.
La OIT ( organización Internacional del Trabajo) Fue fundada el 11 de abril de 1919 y es la principal organización especializada en la defensa de los derechos del trabajador. Esta se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Esta cuenta con organizaciones Nacionales y territoriales en Colombia comprometidas con la protección de los trabajadores:
- La Autoridad Laboral
- El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
- Los organismos técnicos de las Comunidades Autónomas
- La Inspección de Trabajo
- La administración sanitaria
- La administración de industria
- Órganos de participación institucional
- La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Tomado de :
- file:///C:/Users/user/Downloads/gu%C3%ADa%20de%20aprendizaje%20%23%2004%20%20comercio%2011_compressed%20(1).pdf
- https://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_Internacional_del_Trabajo
ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR.
ResponderBorrarEl ministerio de trabajo tiene que estar comprometido a defender los derechos laborales internacionales y prevenir la violencia contra los líderes sindicales.
Se quiere prevenir entre muchas otras casas el empleo infantil.
La OIT (organización internacional del trabajo) es un organismo especializado de la ONU que tiene como objetivos:
•La promoción de la justicia social y el reconocimiento de las normas fundamentales del trabajo.
•La creación de oportunidades de empleo.
•La mejora de las condiciones laborales en el mundo.
A continuación te referencio
organizaciones Nacionales y territoriales en Colombia comprometidas con la protección:
•La Autoridad Laboral
• El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
•Los organismos técnicos de las Comunidades Autónomas
• La Inspección de Trabajo
•La administración sanitaria
•La administración de industria
• Órganos de participación institucional
• La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Es de suma importancia conocer estas organizaciones para poder defender nuestros derechos como trabajadores de la mejor manera.
http://www.exteriores.gob.es/RepresentacionesPermanentes/OficinadelasNacionesUnidas/es/quees2/Paginas/Organismos%20Especializados/OIT.aspx
OK AGOSTO 24
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ResponderBorrarOTI (ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJADOR)
La Organización Internacional del Trabajo es la agencia especializada de la ONU que se encarga de las cuestiones relacionadas con el trabajo en el mundo. Entre sus objetivos principales se encuentra fomentar los derechos laborales, estimular oportunidades dignas de empleo, mejorar la protección social, y reforzar el diálogo en cuestiones relacionadas con el trabajo.
Esta institución se encarga de analizar todo aquello vinculado al universo laboral, protegiendo los derechos de los trabajadores.
La fundación de la OIT tuvo lugar en 1919. Con sede en la ciudad suiza de Ginebra, la organización es dirigida por una junta que cuenta con representantes de los sindicatos, de los gobiernos nacionales y de las empresas. La autoridad máxima de la OIT es su director general, que es elegido por un Consejo de Administración que tiene tres reuniones anuales. Una vez al año, por otra parte, se realiza la Conferencia Internacional del Trabajo, considerado como el órgano más importante de la entidad.
En estos momentos, la OIT cuenta con 185 países miembros. Pese a que su finalidad es fomentar las posibilidades laborales para todos y mejorar las condiciones de trabajo no cuenta con facultades para imponer castigos a los gobiernos de los diferentes países que la integran.
La OTI cuenta con una estructura tripartita única en el sistema de Naciones Unidas y en la que figuran tanto las representaciones gubernamentales como las de los empleadores y trabajadores.
Los principales mecanismos de trabajo de la son el establecimiento y supervisión de normas internacionales del trabajo, la prestación de asistencia técnica y la búsqueda y difusión de información.
https://definicion.de/oit/
https://www.unaids.org/es/aboutunaids/unaidscosponsors/ilo
http://www.exteriores.gob.es/RepresentacionesPermanentes/OficinadelasNacionesUnidas/es/quees2/Paginas/Organismos%20Especializados/OIT.aspx
Buenas tardes
ResponderBorrarMarbel Juliana Mejía Bedoya
ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR
Cuando un empleador se vincula a una empresa, o consigue un trabajo en una entidad, tiene el resguardo y la protección de El ministerio de Trabajo, el cual tiene como compromiso proteger los derechos de los trabajadores, para que estos puedan tener un trabajo digno.
El Estado y El MInisterio de Protección Social, brinda a los líderes sindicales, además de un trabajo justo,seguridad,entre las medidas de seguridad se encuentran.
-Equipos de comunicaciones
-Sistemas de protección móvil
-Vehículos blindados
- Chalecos antibalas
La Organización Internacional de Trabajo, busca lograr un "Trabajo Decente", es decir,fomentar el empleo pleno y productivo.Empleos que tengan políticas coordinadas,coherentes y que tengan oportunidades de acceder a sueldos dignos; politicas de desarrollo de competencias para aumentar la empleabilidad y competencia de la empresa.
Todo esto busca el bienestar del trabajador, para que así su progreso económico y social sea más notorio.
Buenas tarde
ResponderBorrarMarbel Juliana Mejía Bedoya
La OIT( Organización Internacional de Trabajo)
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) fue fundada en 1919. Esta organización se organizo como un gobierno tripartito, es decir, tenía representantes de los gobiernos, los trabajadores y empleadores.Donde se realizan negociaciones entre los gobiernos, los sindicatos y las organizaciones de los empleadores.
Esta organización se encarga de sancionar todo aquello que no está bien en el trabajo, es decir, lo que viola los derechos de los trabajadores.
Cuando finalizó la guerra fría la OIT vio como prioridad el cumplimiento de Normas, Principios y Derechos Fundamentales en el trabajo, garantizado por ocho convenios fundamentales. Donde buscaban hacer respetar cumplir lo siguiente:
- Libertad sindical
-Negociación colectiva
-Abolición del trabajo forzoso
-Abolición del trabajo infantil
-Eliminacion de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
Algunos de sus organos son:
- Conferencia Internacional
- Consejo de Administración
- Oficinas de trabajo y director general
- Direccion ejecutiva de diálogo social
- Comité de libertad sindical
La OIT, busca mejorar la condiciones del empleo,que sea más digno, más productivo,más seguro y mas equilibrado, tanto para hombres como para mujeres.Logrando así beneficiar tanto a empleado como a empleador.
Buenas tardes
BorrarValentina Márquez Gaviria
La organización internacional de trabajo (OIT) es un organismo especializado de las naciones unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo.
La (OIT) está integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y los empleadores.su órgano supremo es la conferencia internacional del trabajo, que se unen anualmente en junio.en 1969 la (OIT) recibio el premio Nobel de la paz. Esta integrado por 187 estados nacionales
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BorrarBuenas tardes
ResponderBorrarMaría Alexandra Mejía Acevedo
ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR.
Este ministerio es el encargado de hacer cumplir que los derechos laborales del trabajador sean respetadas y manifestadas contra la violencia de los líderes sin dicales.poreso este es muy importante para que el trabajador garantice un desempeño digno en su labor con todas sus comodidades para brindar su servicio a la ciudadanía.
EL concepto de "trabajo decente" es propuesta por la (OIT),ya que este fue escogido y protegido en Colombia.Este ministerio se esmera en publicidad y demás asesorías para tener esta organización como técnicas de empleo infantil, libertad sindical, el derecho de asociación y de negociación colectiva, todo esto lo emplea y lo hacen cumplir para que el trabajador se comprometa con su servicio.
La principal organización especializada en la defensa de los derechos del trabajador es la (OIT)(Organización internacional del trabajador).
A continuación te referencia organizaciones Nacionales y territoriales en Colombia comprometidas con la protección de los trabajadores.
La Autoridad laboral.
El instituto Nacional de seguiridad e higiene en el trabajo.
Los organismos técnicos de las comunidades autonomas.
La inspección de trabajo.
La administración sanitaria.
Órganos de participación institucional
La comisión Nacional de seguridad y salud en el trabajo.
https:www.mintrabajo.gov.co/el-ministerio/asuntos-internacionales/Colombia en la-oit
Buenas tardes
ResponderBorrarMaría Alexandra Mejía Acevedo
(OIT)(ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO).
La organización internacional del trabajo (OIT) es un organismo especializado de las Naciones unidas que se ocupan de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919, en virtud del tratado de versalles. Su Constitución,sancionada en 10
1919, se complementa con la declaración de Filadelfia de 1944.
La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la conferencia internacional, que se reúne anualmente en junio. Su órgano de administración que se reúne cuatrimestral ente en Ginebra.
Https://es.wikipedia.org/wiki/organizacion%c3%B3n_internacional_del_Trabajo.
ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR.
ResponderBorrarObjetivos de la OIT frente a este tema:
• La abolición efectiva del trabajo infantil.
• Promover la igualdad de sexo
• Mejorar la protección social
• Fomentar oportunidades de trabajo decente
Funciones
• Actividades de formación, educación e investigación
• Normas internacionales del trabajo
• Implementar en asociación activa con sus mandantes
Tres órganos principales:
Conferencia Internacional del Trabajo: Reúne todos los años los representantes de Gobiernos, empleadores y trabajadores de países miembros, establece normas laborales internacionales y constituye u foro para el debate de cuestiones sociales y laborales de trascendencia para el mundo.
Consejo de administración: Es el órgano ejecutivo de la OIT y se reúne dos veces al año en Ginebra.
Oficina Internacional del trabajo: Es la secretaria permanente de la OIT.
https://es.slideshare.net/alumnos3d/organismos-internacionales-y-nacionales-que-protegen-al-trabajador-9866350?next_slideshow=1
OK AGOSTO 24
BorrarOrganización Internacional del Trabajo
ResponderBorrarLa OIT fue creada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente.
Su Constitución fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reunió por primera vez en París y luego en Versalles. La Comisión, presidida por Samuel Gompers, presidente de la Federación Estadounidense del Trabajo (AFL), estaba compuesta por representantes de nueve países: Bélgica, Cuba, Checoslovaquia, Francia, Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organización tripartita, la única en su género con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus órganos ejecutivos.
La Constitución contenía ideas ya experimentadas en la Asociación Internacional para la Protección Internacional de los Trabajadores, fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una organización internacional que enfrentara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX, y fueron lideradas por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de Gales y Daniel Legrand (1783-1859) de Francia.
La fuerza que impulsó la creación de la OIT fue provocada por consideraciones sobre seguridad, humanitarias, políticas y económicas. Al sintetizarlas, el Preámbulo de la Constitución de la OIT dice que las Altas Partes Contratantes estaban “movidas por sentimientos de justicia y humanidad así como por el deseo de asegurar la paz permanente en el mundo...”
Había un verdadero reconocimiento a la importancia de la justicia social para el logro de la paz, en contraste con un pasado de explotación de los trabajadores en los países industrializados de ese momento. Había también una comprensión cada vez mayor de la interdependencia económica del mundo y de la necesidad de cooperación para obtener igualdad en las condiciones de trabajo en los países que competían por mercados. El Preámbulo, al refejar estas ideas establecía:
Única agencia 'tripartita' de la ONU, la OIT reúne a gobiernos, empleadores y trabajadores de 187 Estados miembros a fin de establecer las normas del trabajo, formular políticas y elaborar programas promoviendo el trabajo decente de todos, mujeres y hombres.
Tripartismo y diálogo social
Un aspecto esencial en las actividades de la OIT es la importancia de la cooperación entre gobiernos y organizaciones de trabajadores y empleadores en la promoción del progreso social y económico.
Sistema de control de las normas de la OIT
Las normas internacionales del trabajo están respaldadas por un sistema de control que es único en el ámbito internacional y ayuda a garantizar que los países apliquen los convenios que ratifican. La OIT examina regularmente la aplicación de las normas en los Estados Miembros y señala áreas en las que se podría mejorar su aplicación.
https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/history/lang--es/index.htm
OK. 24 AGOSTO
BorrarEl Ministerio del Trabajo tiene el compromiso de garantizar proteger los derechos laborales internacionales y prevenir la violencia contra los líderes sindicales. Asimismo, generar políticas que garanticen el trabajo digno y decente para la ciudadanía. El concepto de “Trabajo Decente” es propuesto por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y ha sido acogido por Colombia. Por lo anterior, el Ministerio ha formulado una política pública que cuenta con la asesoría técnica de dicha organización con el fin de abordar temas como la erradicación del empleo Infantil, la libertad sindical, el derecho de asociación y de negociación colectiva, la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación, el diálogo social, y la extensión de la protección y seguridad social. La principal organización especializada en la defensa de los derechos del trabajar es la OTI (Organización Internacional del Trabajo), a continuación te referencio organizaciones Nacionales y territoriales en Colombia comprometidas con la protección de los trabajadores: La Autoridad Laboral El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo Los organismos técnicos de las Comunidades Autónomas La Inspección de Trabajo La administración sanitaria La administración de industria Órganos de participación institucional La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
ResponderBorrarLos organismos reguladores son un nuevo tipo de autoridad administrativa que tiene su origen a principios del siglo XX en los Estados Unidos. Nacen para la ordenación económica de sectores como el transporte o el sistema financiero, extendiéndose luego a otros que requerían una especial combinación de profesionalidad, de independencia política y de legitimación jurídica. Del continente americano pasaron a Europa como un mecanismo muy apto en los procesos de privatización y de liberalización de los servicios públicos, aunque luego se han utilizado también con respecto a actividades que merecen especial atención.
Constituyen una categoría particular de Administración institucional (véase "Administración Institucional"), caracterizada por su significativo nivel de independencia frente a la correspondiente Administración territorial. Conviene recordar a estos efectos que la Administración institucional se incluye en el tipo básico de los entes fundacionales, aunque el elemento patrimonial pasa a un segundo plano; en ellas se identifica una relación de instrumentalidad con el ente territorial, al que auxilian. Sin embargo, la pérdida de esta relación instrumental está en la base de las Administraciones independientes de las que los organismos reguladores constituyen la muestra más palpable.
En este sentido, el papel de los órganos reguladores consiste en asegurar el correcto funcionamiento de sectores esenciales para la vida económica y social de un país, dado su carácter estratégico. En efecto, el carácter esencial de ciertos ámbitos demanda un consenso que los deje al margen de la lucha política ordinaria, pues lo que importa no es que se sigan determinadas orientaciones, variables y contingentes en cada momento, sino que el servicio se preste en condiciones óptimas.
https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUNjEzNDtbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAYoapwjUAAAA=WKE
historia de la OTI
ResponderBorrarLa Organización Internacional del Trabajo fue fundada en 1919. Las negociaciones tuvieron la particularidad de ser realizadas entre los gobiernos, los sindicatos y las organizaciones de empleadores, quienes tomaron como base la Asociación Internacional para la Protección Legal de los Trabajadores2 que había sido fundada en Basilea en 1901 para establecer la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo,2 adoptada por la Conferencia de Paz de París e incluida en la sección XIII del Tratado de Versalles situado en Francia. La constitución de la OIT tuvo lugar en la conferencia de Washington celebrada entre el 29 de octubre y 29 de noviembre de 1919, en la que participó como representante de las organizaciones obreras españolas Francisco Largo Caballero, secretario general de la socialista Unión General de Trabajadores, resultando elegido miembro de su Consejo de Administración y colaborando a partir de entonces muy estrechamente con el primer director general de la OIT, el francés Albert Thomas.3La Organización Internacional del Trabajo se organizó desde un principio con un gobierno tripartito, único en su género, integrado por representantes de los gobiernos, los trabajadores y los empleadores y eligió como primer Director General al francés Albert Thomas.4Entre 1919 y 1921 la OIT sancionó dieciséis convenios internacionales del trabajo y dieciocho recomendaciones y en 1926 se introdujo un mecanismo de control, aún vigente, por el cual cada país debe presentar anualmente una memoria informando sobre el estado de aplicación de las normas internacionales. Con el fin de examinar esas memorias se creó también la Comisión de Expertos, integrada por juristas independientes, que cada año presenta su informe a la Conferencia. En 1934, bajo el gobierno de Franklin D. Roosevelt, los Estados Unidos solicitaron su ingreso en calidad de miembro de la OIT. Durante la Segunda Guerra Mundial la OIT se instaló temporalmente en Montreal. En 1944, cuando aún la guerra no había terminado, la Conferencia Internacional del Trabajo en Filadelfia aprobó la Declaración de Filadelfia que se integró como anexo a la Constitución, fijando los principios, fines y objetivos de la OIT. En 1948 se adoptó el Convenio sobre Libertad Sindical, n.º 87.5En 1977 Estados Unidos se retiró de la OIT causando una crisis presupuestaria debido a la disminución automática del presupuesto en un 25% que ello significó, pero pudo controlarse hasta su reingreso en 1980. En los años 1980 la OIT desempeñó un papel decisivo en el desarrollo del Sindicato Solidaridad dirigido por Lech Wałęsa, aplicando el Convenio sobre la Libertad Sindical (1948). Finalizada la Guerra Fría y frente al proceso de globalización y deterioro de los derechos laborales en todo el mundo, la OIT ha señalado la necesidad de dar prioridad al cumplimiento de las Normas y Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo garantizados por los ocho convenios fundamentales (libertad sindical, negociación colectiva, abolición del trabajo forzoso, abolición del trabajo infantil, eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación), destacando los conceptos de empleo digno y democratización de la globalización.y esa es su función.
GINA ALEJANDRA HENAO MONSALVE
ResponderBorrarORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR
Cuando un empleador se vincula a una empresa, o consigue un trabajo en una entidad, tiene el resguardo y la protección de El ministerio de Trabajo, el cual tiene como compromiso proteger los derechos de los trabajadores, para que estos puedan tener un trabajo digno.
El Estado y El MInisterio de Protección Social, brinda a los líderes sindicales, además de un trabajo justo,seguridad,entre las medidas de seguridad se encuentran.
-Equipos de comunicaciones
-Sistemas de protección móvil
-Vehículos blindados
- Chalecos antibalas
La Organización Internacional de Trabajo, busca lograr un "Trabajo Decente", es decir,fomentar el empleo pleno y productivo.Empleos que tengan políticas coordinadas,coherentes y que tengan oportunidades de acceder a sueldos dignos; politicas de desarrollo de competencias para aumentar la empleabilidad y competencia de la empresa.
Todo esto busca el bienestar del trabajador, para que así su progreso económico y social sea más notorio.La Organización Internacional del Trabajo fue fundada en 1919. Las negociaciones tuvieron la particularidad de ser realizadas entre los gobiernos, los sindicatos y las organizaciones de empleadores, quienes tomaron como base la Asociación Internacional para la Protección Legal de los Trabajadores2 que había sido fundada en Basilea en 1901 para establecer la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo,2 adoptada por la Conferencia de Paz de París e incluida en la sección XIII del Tratado de Versalles situado en Francia. La constitución de la OIT tuvo lugar en la conferencia de Washington celebrada entre el 29 de octubre y 29 de noviembre de 1919, en la que participó como representante de las organizaciones obreras españolas Francisco Largo Caballero, secretario general de la socialista Unión General de Trabajadores, resultando elegido miembro de su Consejo de Administración y colaborando a partir de entonces muy estrechamente con el primer director general de la OIT, el francés Albert Thomas.3La Organización Internacional del Trabajo se organizó desde un principio con un gobierno tripartito, único en su género, integrado por representantes de los gobiernos, los trabajadores y los empleadores y eligió como primer Director General al francés Albert Thomas.4Entre 1919 y 1921 la OIT sancionó dieciséis convenios internacionales del trabajo y dieciocho recomendaciones y en 1926 se introdujo un mecanismo de control, aún vigente, por el cual cada país debe presentar anualmente una memoria informando sobre el estado de aplicación de las normas internacionales. Con el fin de examinar esas memorias se creó también la Comisión de Expertos, integrada por juristas independientes, que cada año presenta su informe a la Conferencia. En 1934, bajo el gobierno de Franklin D
ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR
ResponderBorrarEl ministerio de trabajo tiene el compromiso de garantizar proteger los derechos laborales internacionales y prevenir la violencia contra los líderes sindicales.
El Estado y el Ministerio de Protección Social brinda a los líderes sindicales un trabajo justo, seguridad, entre las medidas de seguridad se encuentran algunas como:
• La Autoridad Laboral.
• El Instituto Naciobak de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
•los organismos técnicos de las Comunicaciones Autónomas.
• La inspección de Trabajo.
•la administración sanitaria.
•la administración de industria .
•Órganos de participación institucional.
•La comisión nacional de seguridad y salud en el trabajo.
La organización internacional del trabajo busca fomentar empleos productivos, que tengan políticas coordenadas que tengan oportunidades de acceder a sueldos dignos.
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
ResponderBorrarEs un organismo especializado de las naciones unidas que se oculan de los asuntos relativos al trabajo y a las relaciones laborales.
Esta organización se becarda de sancionar todo Aurelio que no está bien en el trabajo, es decir, lo que Viola los derechos de los trabajadores.
La OTI busca mejorar las condiciones del empleo que sea más digno, más productivo, más seguro y más equilibrado.
OK. AGOSTO
Borrarbuenas tarde
ResponderBorrarORGANISMOS DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR.
El Ministerio del Trabajo tiene el compromiso de garantizar proteger los derechos
laborales internacionales y prevenir la violencia contra los líderes sindicales. Asimismo,
generar políticas que garanticen el trabajo digno y decente para la ciudadanía.
La principal organización especializada en la defensa de los derechos del trabajar
es la OTI (Organización Internacional del Trabajo), estas es lo que referencio las
organizaciones Nacionales y territoriales en Colombia comprometidas con la protección
de los trabajadores:
La Autoridad Laboral
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Los organismos técnicos de las Comunidades Autónomas
La Inspección de Trabajo
La administración sanitaria
La administración de industria
Órganos de participación institucional
La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
https:www.mintrabajo.gov.co/el-ministerio/asuntos-internacionales/Colombia en la-oit
buenas tardes
ResponderBorrar(OIT)(ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO).
es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales.La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne anualmente en junio.es un lugar donde cada año se habla y se establecen nuevos códigos trabajo en un consejo ejecutivo de administración donde se toman decisiones sobre la política de las OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación.
https://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_Internacional_del_Trabajo
buenas tardes
ResponderBorrar(OIT)(ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO).
es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales.La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne anualmente en junio.es un lugar donde cada año se habla y se establecen nuevos códigos trabajo en un consejo ejecutivo de administración donde se toman decisiones sobre la política de las OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación.
https://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_Internacional_del_Trabajo
ORGANISMO DE PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR
ResponderBorrarEs una entidad muy importante para toda persona que comienza algún trabajo ya que está entidad es quien se encarga de proteger todos sus derechos y prevenir la violencia contra los lideres sindicales de nuestro país, y hace que todo trabajo sea más digno. Asimismo, generar políticas que garanticen el trabajo digno y decente para la ciudadanía.
La OIT ( organización internacional del trabajo)
ResponderBorrarLa Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919.
La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne anualmente en junio. Su órgano ejecutivo es el Consejo de Administración, que se reúne cuatrimestralmente en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de la OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación.
Los objetivos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) son promover los derechos en el trabajo, fomentar oportunidades de trabajo decentes y evitar la explotación laboral infantil
OK. AGOSTO 24
BorrarLa OIT ( organización internacional del trabajo)
ResponderBorrarLa Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919.
La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne anualmente en junio. Su órgano ejecutivo es el Consejo de Administración, que se reúne cuatrimestralmente en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de la OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación.
Los objetivos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) son promover los derechos en el trabajo, fomentar oportunidades de trabajo decentes y evitar la explotación laboral infantil
"La OIT es la única agencia "tripartita" de las Naciones Unidas, pues congrega a representantes de gobiernos, y de organizaciones de empleadores y de trabajadores para que diseñen conjuntamente normas de trabajo, políticas y programas.
ResponderBorrarEl diálogo social puede significar negociación, consulta o simplemente un intercambio de información y opiniones entre representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores La acción de las organizaciones de trabajadores y empleadores ha sido fundamental en los avances logrados. El fortalecimiento de sus organizaciones representativas y de los mecanismos de negociación colectiva constituyen factores fundamentales para que estos actores puedan potenciar al más alto nivel su contribución al diálogo social y al tripartismo."
https://www.ilo.org/americas/temas/tripartismo/lang--es/index.htm#:~:text=La%20OIT%20es%20la%20%C3%BAnica,de%20trabajo%2C%20pol%C3%ADticas%20y%20programas.
OK AGOSTO 24
BorrarAutoridades y organismos especializados para la protección del trabajador
ResponderBorrar• La Autoridad Laboral. ...
• El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) ...
• Los organismos técnicos de las Comunidades Autónomas. ...
• La Inspección de Trabajo. ...
• La administración sanitaria. ...
• La administración de industria. ...
• Órganos de participación institucional. ...
• La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919, en virtud del Tratado de Versalles. Su Constitución, sancionada en 1919, se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944.
La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne anualmente en junio. Su órgano ejecutivo es el Consejo de Administración, que se reúne cuatrimestralmente en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de la OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación. También elige al director general. En 2012 fue elegido para el cargo el británico Guy Ryder. La sede central se encuentra en Ginebra (Suiza).
Buenas Tardes, La Organización Internacional del Trabajo es un organismo especializado de la ONU que tiene como objetivos: La promoción de la justicia social y el reconocimiento de las normas fundamentales del trabajo. La creación de oportunidades de empleo.
ResponderBorrarFue fundada en Colombia el 11 de abril de 1919, en el marco de las negociaciones del Tratado de Versalles. Su Constitución, sancionada en 1919, se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944, para Colombia el pertenecer a este organismo ha permitido el fortalecimiento del diseño e impulso de políticas públicas apuntando a la dignificación del empleo y la promoción del diálogo social, con garantías de los derechos laborales de la población trabajadora.
Tomado de: https://www.mintrabajo.gov.co/prensa/comunicados/2019/abril/la-oit-para-colombia-es-el-mejor-garante-para-lograr-cambios-que-perduren-en-nuestro-pais-ministra-del-trabajo
La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne anualmente en junio. Su órgano ejecutivo es el Consejo de Administración, que se reúne cuatrimestralmente en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de la OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación. También elige al director general. En 2012 fue elegido para el cargo el británico Guy Ryder. La sede central se encuentra en Ginebra (Suiza).
ResponderBorrarEn 1969 la OIT recibió el Premio Nobel de la Paz.[1] Está integrada por 187 estados nacionales (2012). No tiene potestad para sancionar a los gobiernos.
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_Internacional_del_Trabajo
ResponderBorrarBUENAS TARDES
ORGANISMO DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO.
el ministerio del trabajo tiene el compromiso de garantizar proteger los derechos laborales y de prevenir la violencia contra los lideres sindicales también generar políticas para el trabajo digno de las ciudadanías o la definición de trabajo decente es propuesto por la OIT y ha sido cogido por Colombia dicho concepto se acogió con la finalidad de la abolición del empleo infantil la liberta sindical y el derecho de asociación.
PRINCIPALES COMPROMISOS DE COLOMBIA EN LA OIT:
-instrumentos 396 total miembros 1934 a 1977 Colombia
-convenís de la OIT 189 14 radicados y 61 ratificados
-convenios fundamentales
-la comisión de expertos de la aplicación de convenios y aplicación.
-comisión de aplicación de normas de la conferencia
-el comité de libertad sindica
OIT(ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO)
ResponderBorrarse ocupa de los asuntos relativos al trabajo y de las relaciones fue fundada el 11 de abril de 1919 y se complementa con la relaciones de la filadelfia de 1944.
La OIT tiene un gobierno tripartidiario, integrado por los representante de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores
Organismos de protección del trabajador:-El Ministerio del Trabajo tiene el compromiso de garantizar proteger los derechos laborales internacionales y prevenir la violencia contra los líderes sindicales. Asimismo, generar políticas que garanticen el trabajo digno y decente para la ciudadanía.
ResponderBorrarLa ministra del Trabajo, Griselda Janeth Restrepo Gallego registró como positiva la noticia de la no inclusión en la lista de la OIT este año por incumplimiento de convenios laborales, lo cual ratifica el compromiso de este Gobierno en buscar la paz laboral y social.
La noticia sobre la exclusión de Colombia se conoció en la últimas horas desde Ginebra donde se lleva a cabo la 106ª Conferencia Internacional de Trabajo de la OIT, en el que tienen discusión temas como migración laboral, empleo y trabajo decente para la paz, entre otros.
Con esta es la segunda vez que Colombia queda excluida de la lista de países que incumplen con los derechos de los trabajadores.
La protección de los trabajadores abarca un número muy elevado de cuestiones, entre ellas, la seguridad social, las condiciones y medio ambiente de trabajo, y la seguridad y la salud en el trabajo. Está demás decir que esta protección ha sido siempre la preocupación central y el ámbito de acción por excelencia de los trabajdores y sus organizaciones
Seguridad y salud en el trabajo
Cada año 250 millones de personas son víctimas en el mundo de un accidente del trabajo y aproximadamente 2 millones fallecen como consecuencia de los mismos. Cada día se producen más de 5.000 accidentes mortales. Valiéndose de campañas para que se tome conciencia de la situación, así como de negociaciones e inspecciones en los lugares de trabajo, los trabajadores han conseguido que se adopte y aplique una amplia gama de medidas que favorecen la seguridad y la salud en el trabajo, en beneficio de los trabajadores y del medio ambiente. En el establecimiento de los sistemas de protección social han participado activamente los trabajadores, tarea en la que han colaborado además las organizaciones de empleadores y se ha traducido en la adopción de varios convenios colectivos y en la introducción de normas de seguridad. Cerca de la mitad de los convenios adoptados por la OIT se relacionan con el tema de la seguridad y la salud.
Seguridad social
La creación de sistemas de seguridad social en todo el mundo ha sido el resultado de una lucha prolongada y del diálogo social en los cuales los sindicatos han desempeñado un papel crucial. Los sindicatos principalmente, pero también los empleadores y los gobiernos estiman que el futuro de la protección social es un asunto muy importante para evitar la exclusión social. La seguridad social es además un derecho humano fundamental que figura como tal en el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y se mantiene como uno de los mandatos centrales de la Organización Internacional del Trabajo. En efecto, el Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102) contiene normas mínimas sobre nueve ramas diferentes de la seguridad social (atención médica, enfermedad, desempleo, vejez, accidentes del trabajo, familia, maternidad, invalidez y prestaciones en caso de fallecimiento).